A pesar de que la ley española protege al propietario de una vivienda, los okupas también poseen derechos. Para que los mismos adquieran estos derechos, se deben tener en cuenta que las primeras 48 horas son claves, ya que tras este plazo la desocupación es más complicada.
Si en este plazo se denuncia el hecho, la policía tiene la facultad para acceder al desalojo de ocupas sin mediar orden judicial y, con pruebas, ya que se trata de un delito flagrante de allanamiento de morada, el cual se encuentra recogido en el artículo 245 del Código Penal. Esto se produce siempre y cuando se ocupe la residencia habitual, de lo contrario, se trataría de una usurpación que también está presente en el 245.
Por eso mismo los okupas suelen buscar segundas residencias o pertenecientes a entidades bancarias, las cuales les posibilitan alargar un proceso que generalmente es lento y costoso. Más allá de eso, la clave es ese plazo de dos días, ya que, si se consumen, los okupas se harán más fuertes, teniendo a su disposición una serie de estrategias preestablecidas.
No obstante, en los casos donde el okupa se queda más de 48 horas, la policia no puede intervenir y el propietario tendrá que empezar un proceso judicial largo y tediosos, por ello, en estos casos, es más recomendable optar por una de empresa experta en desocupaciones en España como Desokupa Demolition.
En este artículo podrás encontrar toda la información que necesitas sobre los derechos que tienen los okupas. Esto te será muy útil si han ocupado tu vivienda y no tienes ningún conocimiento legal de cómo proceder. Además, en este texto encontrarás información para que sepas qué hacer específicamente cuando ocupan tu propiedad.
Derechos que adquieren los okupas
Cuando un okupa ingresa a una casa adquiere una serie de derechos que lo protegen y juegan a su favor. Estos le facilitarán su estadía dentro del inmueble, ya que se podrá amparar en sus derechos si le solicitan el desalojo. A continuación, podrás ver los derechos que tiene un okupa cuando ingresa en una casa ajena:
- Derecho a que la propiedad se considere su morada cuando cambian la cerradura de la puerta
- Derecho a no ser desalojado sin la presencia de una orden judicial, salvo que se den determinadas circunstancias
- Derecho a que no se les corte el suministro de luz, agua y otros servicios, y que el propietario siga pagándolo
- Derecho a que el dueño de la casa no pueda forzar la puerta
Por lo tanto, los okupas tienen derechos con algunas matizaciones. Existen dos aspectos que hay que considerar cuando se hace una denuncia por ocupación y los derechos que pueden adquirir los ocupas proceden de ellos. El primero es el tiempo y el segundo la situación de la propiedad.
Si la denuncia se realiza en un plazo de 48 horas y se trata de la primera vivienda del propietario, los cuerpos de seguridad del Estado tienen la facultad para desalojar a los okupas sin que sea necesario una orden judicial. Aunque, si la vivienda no es la primera de los propietarios, el proceso se puede acomplejar y el período de tiempo superará las 48 horas. Por eso es recomendable visitar diariamente las casas por si se produce una ocupación.
¿Tienen los okupas más derechos que los propietarios?
La cuestión de si los okupas tienen más derechos que los propietarios es un tema polémico y complejo, que depende de las leyes y regulaciones específicas de cada país. En muchos lugares, hay una percepción de que los okupas tienen más protección legal que los propietarios debido a los procedimientos legales necesarios para desalojarlos. Sin embargo, esto no necesariamente significa que tengan «más derechos». Vamos a desglosar algunos aspectos clave:
Derechos de los Propietarios
- Propiedad privada: Los propietarios tienen el derecho fundamental a poseer y disfrutar de su propiedad.
- Acción legal: Los propietarios pueden iniciar procedimientos legales para recuperar su propiedad si es ocupada ilegalmente.
- Protección policial: En muchos lugares, los propietarios pueden solicitar la intervención policial en caso de ocupación ilegal, aunque la efectividad y rapidez de esta intervención varía.
Derechos de los Okupas
- Protección temporal: En algunos países, los okupas pueden tener protección temporal contra el desalojo inmediato, especialmente si han estado en la propiedad durante un período prolongado sin que el propietario haya tomado acción.
- Procedimientos legales: Los okupas tienen derecho a un proceso legal justo, lo que puede retrasar el desalojo mientras se resuelve el caso en los tribunales.
- Derechos humanos: En ciertos casos, los tribunales pueden considerar los derechos humanos de los okupas, especialmente si incluyen personas vulnerables como niños o personas sin hogar.
Procedimientos y Demoras
- Procesos judiciales: El proceso de desalojo puede ser largo y complicado, implicando procedimientos judiciales que pueden durar meses o incluso años.
- Diferencias regionales: La rapidez y eficacia de estos procedimientos varían significativamente entre países y dentro de las regiones de un mismo país.
Opiniones y Controversias
- Percepción pública: Hay una percepción común de que las leyes favorecen a los okupas debido a la lentitud del sistema judicial y las garantías procesales que se les otorgan.
- Reformas legales: En algunos lugares, ha habido llamados a reformar las leyes para equilibrar mejor los derechos de los propietarios y los okupas.
En definitiva, aunque los okupas pueden tener ciertas protecciones legales que complican el desalojo, esto no significa necesariamente que tengan más derechos que los propietarios. La clave radica en el equilibrio entre los derechos de propiedad y los derechos humanos, y cómo se implementan y ejecutan las leyes en cada jurisdicción.
¿Qué puede hacer el propietario?
El propietario de una vivienda ocupada tendrá la obligación de presentar una demanda, la cual puede ser civil o penal para recuperar la vivienda. Suele ser un proceso largo, puesto que los okupas tienen un plazo de cinco días para justificar la posesión de la vivienda. Generalmente presentan contratos falsos de arrendamiento u otros tipos de artimañas, tales como facturas de productos pedidos a domicilio.
Asimismo, el propietario deberá demostrar la propiedad de la vivienda mediante vía judicial con un título que valide la posesión del inmueble. Mientras que, por otra parte, también tiene que quedar patente que los okupas lo son efectivamente y que no hay ningún tipo de relación contractual que les dé derecho a habitar el inmueble.
Finalmente, uno de los principales reclamos que hacen las distintas asociaciones de expertos jurídicos tiene que ver con las penas que se les imponen. En la reforma del Código Civil se establece en un año la prescripción del delito de usurpación
Esto hace que sea muy complejo que los okupas terminen en la cárcel y promueve su reincidencia y alienta a que estas personas conviertan la ocupación en su forma de vivir. La situación es menos severa para los delincuentes si en el delito no se emplea la violencia, lo cual reduce aún más la condena.